La
corte
de
igual manera se pronuncio frente
a la evolución
y
promoción de los estudiantes contemplada el articulo 96 de la ley general de la
educación
(ley
115/94).
Permite
la reprobación
de
estudiantes sin restricción por lo tanto puede darse en todos los grados.
Permite
la exclusión
de
la institución por bajo rendimiento y por mala disciplina bajo el cumplimiento
de 2 condiciones: que dicha condición este contemplada en el manual de
convivencia y que se lleve el debido proceso
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